Lo que significa la derogación de las circulares de la SUPERDUC

|Catalina Tapia

A fines de abril de 2026, la Superintendencia de Educación anunció la derogación de las circulares N°781, N°782 y N°202, que regulaban reglamentos internos y medidas disciplinarias en establecimientos de educación básica, media y parvularia. Una noticia que, aunque pasó inadvertida en muchos colegios, tiene implicancias directas para quienes gestionan comunidades escolares cotidianamente.

Los establecimientos chilenos responden hoy a cerca de 2.900 obligaciones normativas. Una cifra que cualquier director o jefe de UTP reconoce de inmediato: formularios, protocolos, registros y reglamentos, todo al mismo tiempo que se enseña, se acompaña y se gestiona una comunidad escolar completa. Las circulares derogadas se sumaban a esa carga y generaron inquietud desde su publicación, precisamente porque llegaron en un momento de alta complejidad para los equipos directivos. Su derogación no es un retroceso normativo — es una corrección necesaria y una señal de que el sistema puede escuchar y ajustarse.

La nueva ley que cambia el marco

La decisión está directamente vinculada a la entrada en vigor, el 1 de julio de 2026, de la Ley N°21.809 sobre Convivencia, Buen Trato y Bienestar de las Comunidades Educativas. Esta nueva ley establece un marco normativo renovado para la vida escolar y parvularia, haciendo que las circulares anteriores quedaran no solo superadas, sino potencialmente contradictorias con el nuevo espíritu regulatorio. No se trata de eliminar reglas, sino de actualizarlas para que sean coherentes, claras y aplicables en el día a día de los establecimientos.

Un aspecto relevante del anuncio es el compromiso de la Superintendencia de ejercer su rol fiscalizador con enfoque formativo hasta el 30 de septiembre de 2027, priorizando observaciones y recomendaciones por sobre sanciones. Es una señal importante: los establecimientos en proceso de adecuación normativa tienen un margen real para hacerlo con apoyo. Pero ese margen tiene fecha de vencimiento, y la preparación debe comenzar ahora.

Lo que deben hacer los establecimientos

La derogación de las circulares no significa que no haya nada que hacer. Los reglamentos internos, los protocolos de convivencia y los procedimientos disciplinarios deberán revisarse y actualizarse antes del 1 de julio, en coherencia con el nuevo marco que establece la Ley N°21.809. Informar a docentes, estudiantes y apoderados sobre los cambios es parte del proceso.

En Entre Aulas lo creemos desde siempre: la normativa no debería ser una barrera, sino una herramienta. Este anuncio lo confirma desde la propia institucionalidad. Los establecimientos que invierten en formación continua no solo reaccionan mejor ante cambios como este — están en mejor posición para anticiparlos, adaptarse y seguir enfocados en lo que realmente importa: el aprendizaje y el bienestar de su comunidad escolar.

¿Tu establecimiento necesita orientación para adaptarse a la nueva Ley N°21.809? En Entre Aulas podemos acompañarte. Contáctanos y conversemos.